Se ha hallado una vía molecular en el cerebro que es la responsable del deterioro cognitivo que se produce por la falta de sueño. Los autores creen que los déficit cognitivos causados por privación del sueño, como son la incapacidad de concentración o los problemas con el aprendizaje y la memoria, pueden ser reversibles al reducir la concentración de una enzima específica que se acumula en el hipocampo del cerebro.
Los resultados, publicados en la revista Nature, muestran que los ratones privados del sueño presentan unos mayores niveles de la enzima PDE4 y menores de AMPc, una molécula importante en la formación de nuevas conexiones sinápticas en el hipocampo, que los que duermen correctamente.
Tratando a los ratones con inhibidores de la PDE4, encargado de reducir el déficit de cAMP inducido por la privación de sueño, la plasticidad sináptica y la memoria dependiente del hipocampo. Esto reduce las deficiencias en las conexiones sinápticas en el hipocampo y, por lo tanto, contrarresta algunas de las consecuencias que tiene la falta de sueño sobre la memoria.
jueves, 26 de noviembre de 2009
viernes, 20 de noviembre de 2009
Descubren la mutación genética clave que permite el lenguaje en humanos
detrás de la capacidad humana de comunicarse mediante el lenguaje, una característica que nos diferencia
del resto de los primates. Se trata del gen FOXP2, cuya relación con el habla ya se conoce desde los años 90. (Fuente: El Mundo Salud)
Ahora, en una investigación que publica la revista 'Nature', se ha descubierto que la alteración de dos aminoácidos en la cadena de una proteína codificada por este gen cambia la función de ésta y permite encender y apagar más de un centenar de genes, lo que nos otorga la capacidad de expresarnos verbalmente.
El hallazgo no sólo es importante para explicar una mutación que fue fundamental en nuestro pasado evolutivo, sino también para encontrar tratamientos para personas que tienen alterada esa capacidad, como los autistas o los esquizofrénicos.
La investigación, realizada por las universidades de California y Emory (Georgia), partió de una sospecha que ahora se ha confirmado: entre los humanos y los chimpancés hay dos mutaciones que afectan al FOXP2 y que facilitaron que la lengua emergiera en los humanos.
«Nuestro trabajo es el primero que examina los efectos de esos cambios en nuestras células. Comprobamos que las versiones de ese gen en humanos y chimpancés no sólo parecen diferentes, sino que sus funciones también lo son y ello puede explicar porqué los cerebros humanos tienen el circuito del habla y los de otros primates no», explica Daniel Geschwind, uno de los biólogos firmantes de este trabajo.
El biólogo español Carles Lalueza, de la Unidad de Biología Evolutiva (CSIC-Universidad Pompeu Fabra) añade otra conclusión importante: «Esta investigación nos revela que, aunque estamos muy relacionados genéticamente con los chimpancés, el resultado final es que somos muy diferentes porque hay pequeñas mutaciones, como éstas, que dan lugar a cambios muy importantes porque afectan a muchos otros genes».
miércoles, 18 de noviembre de 2009
LA CRISIS DE LA EDUCACION ESPECIAL
LA CRISIS DE LA EDUCACION ESPECIAL
C O M U N I C A D O U N E E S A.G.
(Unión Nacional de Educadores y Escuelas Especiales A. G.)
1.- La Ley 20.201/2007, que modificó el DFL2/98, en lo referente a la Educación Especial, la cual fue muy discutida en el Congreso en todas las instancias, dado que el Ministerio de Educación entre otras cosas, inhabilitaba al profesional dependiente del sostenedor, para realizar diagnósticos de ingreso a los niños con discapacidad, por su condición profesional como tal.
2.- La Ex-Ministra de Educación, Sra. Yasna Provoste, se comprometió ante una sesión de sala, no incluir en el Reglamento de la ley 20.201, aspectos que no fueran acordes con el articulado de la Ley aprobada. Este compromiso surgió ante un requerimiento específico del Honorable Senador Sr. Orlando Letelier en dicha sesión de Sala.
3.- El 25 de Agosto del 2009, el Ministerio de Educación ingresa a la Contraloría General de la República el Decreto Nº 170 del 14/05/09, (Reglamento de la Ley 20.201), que específica: los requisitos que deben cumplir los niños y jóvenes para su ingreso a la Educación Especial, en cualquiera de sus modalidades y dependencias (particular Subvencionadas o Municipales, en Escuelas Especiales y Proyectos de Integración), y así recibir el beneficio de la subvención correspondiente.
En el aspecto médico, dichos requisitos son imposibles de cumplir, ya que no se ajustan a la realidad de nuestro país, y, considerando las características socio-económicas del 90% de los niños atendidos en Educación Especial; los requerimientos significaran irremediablemente la exclusión del sistema de educación especial a más de 200.000 alumnos, y alrededor de 1.500 Establecimientos Educacionales.
4.- Los requisitos a cumplir son: Exámenes de Salud, y derivaciones a especialistas tales como: neurólogos, otorrinos, pediatras, neuropsiquiatras, oftalmólogos, y médico familiar, a través de interconsultas, las cuales deben estar realizadas por el especialista e informadas al establecimiento; de acuerdo a las orientaciones que establezca el Ministerio de Educación. Además, cada establecimiento debe incluir en su Gabinete Técnico un profesional médico, pediatra, neurólogo, otorrino o médico familiar en forma permanente para realizar las evaluaciones integrales de ingreso, periódicas, reevaluaciones y egreso de cada uno de los alumnos.
Cabe hacer presente que el Servicio de Salud Pública, no cuenta con el número de especialistas que se demandan en este Reglamento, ya que la carencia de especialidades médicas y centros de salud en Chile, no cubre las necesidades de la población actual, esto es sin considerar la nueva demanda.
5.- El cumplimiento a dichos requisitos es exigencia previa a la matrícula, lo que se reitera en el caso específico de las Escuelas de Lenguaje. Esta situación, expone a los niños con discapacidad al desamparo de una atención oportuna y precoz, tal como lo establece la Ley de Discapacidad (19.284/91).
6.- Discrimina a los niños menores de 3 años, de recibir atención temprana, cuando presentan Trastornos Específicos del Lenguaje; sobrepasando todos los estudios nacionales e internacionales que establecen la importancia de una intervención especializada en esta etapa de desarrollo de la población afectada.
7.- Dicho Reglamento (Decreto Nº 170) ha sido impugnado a la Contraloría General de la República, por diferentes organizaciones profesionales, atingentes a la Educación Especial a través de todo el país, ya que vulnera los Derechos del Niño, y la Constitución Política de Chile, considerando y privando drásticamente a una población pre-escolar y escolar de un beneficio que el Estado debe proveer a todos los niños chilenos, y más aún a quienes presentan algún tipo de discapacidad por su condición.
8.- Nuestra Asociación Gremial UNEES A.G., hace un llamado de atención a los Honorables Parlamentarios, para una intervención que evite el impacto, que la Toma de Razón y aplicación de este Reglamento provocaría a miles de niños, que requieren de una atención especializada en el contexto de la Educación Especial.
Además, solicitamos al Señor Ministro de Salud Pública Sr. Álvaro Erazo, un pronunciamiento en relación a la demanda de profesionales especialistas y atenciones médicas oportunas que requieren este sector educacional, para dar cumplimiento a lo establecido por el Ministerio de Educación, ya que entendemos que dichas exigencias debieron ser planteadas en forma conjunta entre ambos Ministerios.
“La Educación Especial es necesaria e importante en todos los países del mundo, donde el mejor capital es la inversión Subsidiaria Estatal, en prevención y rehabilitación temprana, mejorando las condiciones de la vida para formar individuos activos en la sociedad.”
Chile presenta más del 12% de la población, que presenta algún tipo de discapacidad, de los cuales, más de 200.000 niños requieren de un Sistema Educacional Especializado por parte del Estado en un rol subsidiario con la persona que presenta algún tipo de discapacidad y su familia; beneficios y derechos estipulados en la Constitución Política de Chile, que no pueden ser alterados ni desconocidos por el Gobierno y el Estado.
Atentamente
FRANCIA LAGOS BARLARI
Presidenta Nacional
UNEES A.G.
Mail: francialagos@unees.cl
Fono contacto: 9-8269792
C O M U N I C A D O U N E E S A.G.
(Unión Nacional de Educadores y Escuelas Especiales A. G.)
1.- La Ley 20.201/2007, que modificó el DFL2/98, en lo referente a la Educación Especial, la cual fue muy discutida en el Congreso en todas las instancias, dado que el Ministerio de Educación entre otras cosas, inhabilitaba al profesional dependiente del sostenedor, para realizar diagnósticos de ingreso a los niños con discapacidad, por su condición profesional como tal.
2.- La Ex-Ministra de Educación, Sra. Yasna Provoste, se comprometió ante una sesión de sala, no incluir en el Reglamento de la ley 20.201, aspectos que no fueran acordes con el articulado de la Ley aprobada. Este compromiso surgió ante un requerimiento específico del Honorable Senador Sr. Orlando Letelier en dicha sesión de Sala.
3.- El 25 de Agosto del 2009, el Ministerio de Educación ingresa a la Contraloría General de la República el Decreto Nº 170 del 14/05/09, (Reglamento de la Ley 20.201), que específica: los requisitos que deben cumplir los niños y jóvenes para su ingreso a la Educación Especial, en cualquiera de sus modalidades y dependencias (particular Subvencionadas o Municipales, en Escuelas Especiales y Proyectos de Integración), y así recibir el beneficio de la subvención correspondiente.
En el aspecto médico, dichos requisitos son imposibles de cumplir, ya que no se ajustan a la realidad de nuestro país, y, considerando las características socio-económicas del 90% de los niños atendidos en Educación Especial; los requerimientos significaran irremediablemente la exclusión del sistema de educación especial a más de 200.000 alumnos, y alrededor de 1.500 Establecimientos Educacionales.
4.- Los requisitos a cumplir son: Exámenes de Salud, y derivaciones a especialistas tales como: neurólogos, otorrinos, pediatras, neuropsiquiatras, oftalmólogos, y médico familiar, a través de interconsultas, las cuales deben estar realizadas por el especialista e informadas al establecimiento; de acuerdo a las orientaciones que establezca el Ministerio de Educación. Además, cada establecimiento debe incluir en su Gabinete Técnico un profesional médico, pediatra, neurólogo, otorrino o médico familiar en forma permanente para realizar las evaluaciones integrales de ingreso, periódicas, reevaluaciones y egreso de cada uno de los alumnos.
Cabe hacer presente que el Servicio de Salud Pública, no cuenta con el número de especialistas que se demandan en este Reglamento, ya que la carencia de especialidades médicas y centros de salud en Chile, no cubre las necesidades de la población actual, esto es sin considerar la nueva demanda.
5.- El cumplimiento a dichos requisitos es exigencia previa a la matrícula, lo que se reitera en el caso específico de las Escuelas de Lenguaje. Esta situación, expone a los niños con discapacidad al desamparo de una atención oportuna y precoz, tal como lo establece la Ley de Discapacidad (19.284/91).
6.- Discrimina a los niños menores de 3 años, de recibir atención temprana, cuando presentan Trastornos Específicos del Lenguaje; sobrepasando todos los estudios nacionales e internacionales que establecen la importancia de una intervención especializada en esta etapa de desarrollo de la población afectada.
7.- Dicho Reglamento (Decreto Nº 170) ha sido impugnado a la Contraloría General de la República, por diferentes organizaciones profesionales, atingentes a la Educación Especial a través de todo el país, ya que vulnera los Derechos del Niño, y la Constitución Política de Chile, considerando y privando drásticamente a una población pre-escolar y escolar de un beneficio que el Estado debe proveer a todos los niños chilenos, y más aún a quienes presentan algún tipo de discapacidad por su condición.
8.- Nuestra Asociación Gremial UNEES A.G., hace un llamado de atención a los Honorables Parlamentarios, para una intervención que evite el impacto, que la Toma de Razón y aplicación de este Reglamento provocaría a miles de niños, que requieren de una atención especializada en el contexto de la Educación Especial.
Además, solicitamos al Señor Ministro de Salud Pública Sr. Álvaro Erazo, un pronunciamiento en relación a la demanda de profesionales especialistas y atenciones médicas oportunas que requieren este sector educacional, para dar cumplimiento a lo establecido por el Ministerio de Educación, ya que entendemos que dichas exigencias debieron ser planteadas en forma conjunta entre ambos Ministerios.
“La Educación Especial es necesaria e importante en todos los países del mundo, donde el mejor capital es la inversión Subsidiaria Estatal, en prevención y rehabilitación temprana, mejorando las condiciones de la vida para formar individuos activos en la sociedad.”
Chile presenta más del 12% de la población, que presenta algún tipo de discapacidad, de los cuales, más de 200.000 niños requieren de un Sistema Educacional Especializado por parte del Estado en un rol subsidiario con la persona que presenta algún tipo de discapacidad y su familia; beneficios y derechos estipulados en la Constitución Política de Chile, que no pueden ser alterados ni desconocidos por el Gobierno y el Estado.
Atentamente
FRANCIA LAGOS BARLARI
Presidenta Nacional
UNEES A.G.
Mail: francialagos@unees.cl
Fono contacto: 9-8269792
martes, 17 de noviembre de 2009
Síndrome de Down " Niños en peligro de extinción"(pincha para leer)
Andrea y Paula vivieron tan pocos días que ni siquiera pudieron disfrutar de un nombre. Los que figuran en este reportaje son únicamente un recurso periodístico, una licencia cariñosa en una historia que ilustra de forma elocuente y dramática la deriva de toda una sociedad.
Los invito a leer este artículo muy interesante por lo demás, vale la pena leerlo
miércoles, 11 de noviembre de 2009
Suscribirse a:
Entradas (Atom)